Page 119 - BANDO MUNICIPAL
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Artículo 195. La Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio
                  Climático  y  Recursos  Hídricos  regirá  su  estructura  y
                  funcionamiento, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal
                  del Estado de México y demás ordenamientos legales aplicables.
                  También  coordinará  y  tendrá  a  su  cargo  diversas  áreas  y  la
                  prestación de los servicios públicos municipales:
                    I.  Agua Potable y Aguas Residuales;

                  II.  Mantenimiento de Parques, Jardines y Panteones;
                 III.  Alumbrado Público;

                  IV.  Limpia;
                    V.  Recolección de Residuos Sólidos;

                  VI.  Control y Bienestar Animal;

                 VII.  Cambio Climático y Ecología;
               VIII.  Medidas y Políticas Contra Cambio Climático;

                  IX.  Normatividad Ambiental;
                    X.  Recursos Forestales y Ordenamiento Ecológico;

                  XI.  Investigación y Fomento a la Economía Circular y Social;
                 XII.  Publicar y difundir el Programa Municipal de Acción ante el
                        Cambio  Climático  (PROMACC)  en        congruencia  con  lo
                        señalado  por  el  ordenamiento  ecológico  y  de  Cambio
                        Climático del Estado.

                  Artículo 196. La Dirección de Agua Potable y Aguas Residuales,
                  coordinará y tendrá a su cargo la prestación de los siguientes
                  servicios públicos municipales:

                    I.  Agua potable;
                  II.  Drenaje;

                 III.  Alcantarillado; y

                  IV.  Saneamiento.

                  Artículo 197. La Dirección de Agua Potable y Aguas Residuales tendrá
                  las siguientes facultades:

                     A. Garantizar el derecho al acceso, disposición y saneamiento
                        de  agua  para  consumo  personal  y  doméstico  en  forma
                        sostenible, suficiente, saludable, aceptable y asequible;

                     B. Para  efectos  fiscales,  la  Dirección  General  de  Ciudad
                        Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos, expedirá
                        el formato oficial equivalente a los servicios de agua en

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