Page 111 - BANDO MUNICIPAL
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XXV.  Informar, orientar y emitir opinión técnica respecto de la
                        nomenclatura,  de  conformidad  con  lo  establecido  en  la
                        normatividad vigente de la materia, así como instrumentar
                        el  programa  de  reordenamiento  de  nomenclatura  y  número
                        oficial;
               XXVI.  Emitir opinión técnica al Ayuntamiento sobre los acuerdos,
                        contratos o convenios de colaboración o concertación que
                        celebrara  con  el  Gobierno  del  Estado,  organizaciones
                        sociales  o  privadas  y  con  otros  Ayuntamientos,  para  la
                        realización o ejecución de programas y obras; así como el
                        diseño  y  aplicación  de  la  metodología,  sistemas  e
                        instrumentos  para  su  seguimiento,  evaluación  y  control,
                        con una visión metropolitana;

              XXVII.  Garantizar  que  todos  los  inmuebles  y  espacios  públicos
                        tengan las adaptaciones físicas y de señalización para el
                        libre  acceso  y  desplazamiento  de  las  personas  con
                        discapacidad y población en general;

             XXVIII.  Llevar  a  cabo  el  inventario  de  suelo  apto  para  el
                        desarrollo  urbano  y  la  vivienda,  así  como  actualizar  y
                        documentar  el  estado  que  guarda  el  crecimiento  de  las
                        ciudades y la zona metropolitana y rural del municipio;

               XXIX.  Integrar,  consolidar  y  administrar  un  sistema  de
                        información         de     geo-estadística          urbana,       manteniendo
                        actualizada la base de datos en materia de desarrollo y
                        crecimiento  urbano,  rural  y  metropolitano,  así  como  de
                        nomenclatura y cartografía de la estructura vial, espacios
                        públicos, colonias, fraccionamientos, conjuntos urbanos,
                        barrios,  delegaciones  y  subdelegaciones,  con  el  fin  de
                        facilitar  el  control,  seguimiento  y  evaluación  de  los
                        procesos de planeación, en coordinación con las áreas que
                        tengan  la  información  necesaria  para  el  desarrollo  del
                        mismo;
                 XXX.  Expedir los correspondientes permisos de permanencia y/o
                        vistos buenos de mantenimiento correctivo y preventivo a
                        las  empresas  de  telecomunicaciones  que  oferten  sus
                        servicios en el territorio del municipio;
               XXXI.  Recibir  y  revisar  la  documentación  necesaria  para  dar
                        trámite a la constitución legal de las calles, mismas que
                        son aprobadas por el cabildo;

              XXXII.  Retirar  de  la  vía  pública,  material  de  construcción,
                        escombro  o  de  relleno  que  obstruya,  invada  o  afecte  el
                        libre tránsito de los peatones y vehículos en el municipio;


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