Page 109 - BANDO MUNICIPAL
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VIII. Vigilar la utilización y aprovechamiento del suelo con
fines urbanos, en su circunscripción territorial;
IX. Participar en la gestión y promoción del financiamiento
para la realización de los planes, programas y acciones de
desarrollo urbano y ordenamiento territorial en el
Municipio;
X. Orientar e informar a la ciudadanía sobre la legislación
aplicable vigente en materia que rige el Desarrollo Urbano
y Ordenamiento Territorial dentro del Municipio;
XI. Expedición de licencias de construcción nuevas, prórrogas,
regularizaciones, de remodelación, de demoliciones y de
excavaciones, licencias de uso de suelo, constancias de
alineamiento y número oficial, cédulas informativas de
zonificación y el visto bueno para la ocupación temporal
de la vía pública en asuntos relacionados con la
construcción, así como los permisos de obra en la
infraestructura vial local, y sus órdenes de pago de
derechos de conformidad con lo establecido en la
legislación aplicable en la materia;
XII. Informar, orientar y dar trámite a los cambios de uso de
suelo, densidad, intensidad de su aprovechamiento e
incremento de altura, de acuerdo con la compatibilidad de
los usos y aprovechamiento de suelo en la zona y a la
normatividad establecida en el Plan Municipal de
Desarrollo Urbano y demás ordenamientos jurídicos;
XIII. Emitir vistos buenos de los proyectos ejecutivos, las
memorias de cálculo y las especificaciones técnicas de las
obras de infraestructura primaria, equipamiento y de
urbanización que establezcan los acuerdos de autorización
de conjuntos urbanos, fraccionamientos y condominios en
coordinación con los organismos o dependencias
competentes, a fin de constatar que se cumpla con las
obligaciones de competencia municipal y de lo señalado en
el Código Administrativo del Estado de México, así como
supervisar su ejecución con las autoridades
correspondientes;
XIV. Todas las construcciones que se pretendan realizar en los
polígonos ejidales o comunales y que sean parte del
territorio municipal, deberán obtener constancia de
alineamiento y número oficial, licencia de uso de suelo y
construcción, ajustándose a las normas de uso y
aprovechamiento del uso del suelo, de acuerdo con lo
referido en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano
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