Page 44 - BANDO MUNICIPAL
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constituirán en el domicilio de las unidades económicas
del municipio para realizar las diligencias de clausura
temporal o permanente de las unidades económicas que no
cumplan con la normatividad del presente bando, así como
las demás disposiciones a las que estén obligados.
Artículo 56. La Dirección de Gobierno, coordinará y tendrá a
su cargo la prestación de los siguientes servicios públicos
municipales:
I. Tianguis
II. Mercados
III. Rastro
Artículo 57. La Dirección de Gobierno regirá su estructura y
funcionamiento de conformidad con la Ley Orgánica Municipal del
Estado de México, el Reglamento Interno de la Administración
Pública Municipal de Ocoyoacac y demás ordenamientos legales
aplicables.
Artículo 58. La Dirección General de Gobierno, coadyuvará con
las autoridades auxiliares del municipio para el desempeño de
sus funciones.
Artículo 59. La Subdirección de Inclusión, Asuntos Indígenas y
Participación Ciudadana, promoverá los mecanismos y políticas
públicas con el propósito de generar las condiciones para el
reconocimiento pleno e integral de los pueblos indígenas de
nuestro municipio. Impulsará el desarrollo de su lengua,
cultura, costumbres, recursos y formas específicas de
organización social. Deberá procurar el desarrollo sustentable
en la medida de las capacidades productivas de los diferentes
pueblos; sus principales funciones serán:
I. Implementar estrategias de desarrollo comunitario en
coordinación con las autoridades tradicionales de los
pueblos indígenas principalmente con el o los representes
indígenas reconocidos ante Ayuntamiento;
II. Fomentar tanto la preservación como la difusión de las
lenguas originarias, otomí y náhuatl entre la ciudadanía
que conforma el municipio priorizando al sector infantil;
III. Impulsar la recuperación, preservación y difusión de las
manifestaciones culturales de las comunidades indígenas
que integran el municipio;
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