Page 44 - BANDO MUNICIPAL
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constituirán en el domicilio de las unidades económicas
                          del municipio para realizar las diligencias de clausura
                          temporal o permanente de las unidades económicas que no
                          cumplan con la normatividad del presente bando, así como
                          las demás disposiciones a las que estén obligados.

                  Artículo 56. La Dirección de Gobierno, coordinará y tendrá a
                  su  cargo  la  prestación  de  los  siguientes  servicios  públicos
                  municipales:


                     I.  Tianguis

                    II.  Mercados

                  III.  Rastro
                  Artículo 57. La Dirección de Gobierno regirá su estructura y
                  funcionamiento de conformidad con la Ley Orgánica Municipal del
                  Estado de México, el Reglamento Interno de la Administración
                  Pública Municipal de Ocoyoacac y demás ordenamientos legales
                  aplicables.

                  Artículo 58. La Dirección General de Gobierno, coadyuvará con
                  las autoridades auxiliares del municipio para el desempeño de
                  sus funciones.

                  Artículo 59. La Subdirección de Inclusión, Asuntos Indígenas y
                  Participación Ciudadana, promoverá los mecanismos y políticas
                  públicas con el propósito de generar las condiciones para el
                  reconocimiento  pleno  e  integral  de  los  pueblos  indígenas  de
                  nuestro  municipio.  Impulsará  el  desarrollo  de  su  lengua,
                  cultura,  costumbres,  recursos  y  formas  específicas  de
                  organización social. Deberá procurar el desarrollo sustentable
                  en la medida de las capacidades productivas de los diferentes
                  pueblos; sus principales funciones serán:

                     I.  Implementar  estrategias  de  desarrollo  comunitario  en
                          coordinación  con  las  autoridades  tradicionales  de  los
                          pueblos indígenas principalmente con el o los representes
                          indígenas reconocidos ante Ayuntamiento;

                    II.  Fomentar  tanto  la  preservación  como  la  difusión  de  las
                          lenguas originarias, otomí y náhuatl entre la ciudadanía
                          que conforma el municipio priorizando al sector infantil;


                  III.  Impulsar la recuperación, preservación y difusión de las
                          manifestaciones culturales de las comunidades indígenas
                          que integran el municipio;



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