Page 43 - BANDO MUNICIPAL
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TÍTULO SEXTO
DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 55. El Ayuntamiento a través de la Dirección de
Gobierno conducirá los asuntos relacionados con la política
interior del municipio; intervendrá en materia de cultos
religiosos, migración, población, pueblos, comunidades
indígenas y equiparables, participación ciudadana y las demás
que señale expresamente el Ayuntamiento, y funcionará en
coordinación con las autoridades federales, estatales y otras
dependencias del gobierno municipal
Sus funciones principales serán:
I. Apoyar la participación responsable de los habitantes del
municipio;
II. Identificar las demandas y problemas sociales del
municipio a efecto de proponer los mecanismos adecuados
para su atención;
III. La Dirección de Desarrollo Económico en coordinación con
la Dirección de Gobierno deberá regular e inspeccionar el
uso de la vía pública para la realización de espectáculos
públicos y privados para coordinarse con la Dirección
General de Seguridad Pública Municipal para verificar que
no se presenten percances y se realicen con base en la
normatividad vigente;
IV. En coordinación con la Coordinación Municipal de
Protección Civil y Bomberos, verificar que se cuente con
la autorización para la quema de fuegos pirotécnicos en
eventos públicos para que se cumplan con los protocolos
correspondientes en la materia;
V. Las autorizaciones de quema de castillería o cualquier
espectáculo pirotécnico, solo se expedirán al maestro
pirotécnico que cuente con el permiso correspondiente
expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional vigente
y que se encuentre en el registro Estatal de Pirotecnia;
VI. Cualquier incumplimiento a las disposiciones vigentes en
materia de quema de pirotecnia será motivo de denuncia
ante las autoridades competentes;
VII. La Dirección de Gobierno en coordinación con la Dirección
de Desarrollo Económico, la Dirección General de
Seguridad Pública y Tránsito, la Coordinación Municipal
de Protección Civil y Bomberos y la Unidad Jurídica, se
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