Page 36 - BANDO MUNICIPAL
P. 36

una  cuota  de  recuperación;  cuota  que  será  aplicada
                           previa autorización del Ayuntamiento;

                    VII.  Informar  trimestralmente  al  Ayuntamiento,  sobre  la
                           administración  de  los  recursos  que  a  su  cargo  tenga
                           encomendados y el estado que guardan los asuntos a su
                           cargo;

                  VIII.  Informar          anualmente        a     su     comunidad,        sobre      la
                           administración  de  los  recursos  que  a  su  cargo  tenga
                           encomendados y el estado que guardan los asuntos a su
                           cargo;
                     IX.  Coadyuvar con los Consejos de Participación Ciudadana,
                           en  estricto  apego  a  las  funciones  de  cada  uno,  en  la
                           promoción,  fomento  y  organización  de  actividades
                           culturales y eventos cívicos de la comunidad;

                       X.  Recabar  la  información  de  los  vecinos  para  la
                           elaboración  de  su  programa  de  trabajo,  el  que  deberá
                           estar acorde con el Plan de Desarrollo Municipal, una
                           vez  concluido  deberá  presentarse  ante  el  Presidente
                           Municipal;


                     XI.  Mantener informado al Presidente Municipal de cualquier
                           hecho que se suscite dentro de su delegación y acudir
                           puntualmente  ante  las  autoridades  municipales  cuando
                           sean convocados;

                    XII.  Realizar  labor  permanente  de  concientización  en  los
                           vecinos  de  su  jurisdicción  para  fomentar  el  interés
                           voluntario  de  participar  en  las  obras  que  realice  la
                           comunidad;

                  XIII.  Actuar como canal de comunicación y consulta entre los
                           vecinos y habitantes de su comunidad, así como con el
                           Ayuntamiento  y  demás  servidores  públicos  municipales,
                           en materia de seguridad y prevención de la delincuencia
                           y protección civil;

                    XIV.  Reportar  al  Presidente  Municipal,  los  baldíos  que
                           existen  en  su  sector  o  comunidad,  proporcionando  su
                           ubicación y el nombre del propietario si existiera;

                     XV.  Coadyuvar  con  las  Autoridades  Municipales  en  la
                           preservación y difusión de las costumbres y tradiciones
                           de su comunidad;


                                                             36
   31   32   33   34   35   36   37   38   39   40   41