Page 142 - BANDO MUNICIPAL
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XVIII. Supervisar, analizar y proponer la adquisición de
infraestructura informática y de comunicación a las
dependencias de la administración pública municipal
acorde a sus funciones con el fin de aprovechar al máximo
los recursos en base a los requerimientos técnicos
establecidos en los programas y proyectos tecnológicos;
XIX. Planificar Supervisar el mantenimiento preventivo y
correctivo de los equipos de cómputo, software,
telecomunicaciones, periféricos, conmutadores, sistemas
de aplicación y bases de datos en las dependencias de la
administración pública municipal;
XX. Configurar, controlar y administrar los servicios de red,
internet, correo electrónico, aplicativos y bases de
datos de las unidades administrativas que integran la
administración pública municipal;
XXI. Las demás que le otorguen los ordenamientos jurídicos
aplicables.
Artículo 227. La Agenda Digital contiene los lineamientos
estratégicos para la aplicación y conducción de las políticas
y las acciones en materia de Gobierno Digital, a través del uso
y aprovechamiento de las tecnologías de la información y se
formulará conforme a las disposiciones legales y el Plan de
Desarrollo Municipal.
Artículo 228. Las dependencias y/o unidades administrativas
desarrollarán acciones y gestiones dirigidas a implementar en
su funcionamiento y operación el uso de tecnologías de la
información, con el fin de garantizar que los trámites y
servicios que presten al ciudadano sean eficientes.
TÍTULO DÉCIMO OCTAVO
DE LA PLANEACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 229. La planeación en el Municipio de Ocoyoacac está
sustentada en los postulados del Sistema de Planeación
Democrática para el Desarrollo del Estado de México y
Municipios, como un mecanismo articulador orientado a la
atención de las necesidades de la población, procurando el
mejoramiento de su calidad de vida con planes, programas y
acciones transversales.
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