Page 138 - BANDO MUNICIPAL
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Artículo 216. Para los Entes Públicos que en el ámbito de sus
                  funciones brinden atención presencial para trámites, servicios
                  y  asesorías,  deberán  observar  y  apegarse  a  los  presentes
                  Lineamientos.

                                                      CAPÍTULO II
                                          DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA
                                              DISPOSICIONES GENERALES

                  Artículo 217. El Ayuntamiento, como sujeto obligado, atenderá
                  las  obligaciones  de  Transparencia,  Acceso  a  la  Información
                  Pública y Protección de Datos Personales, a través de la Unidad
                  de Transparencia, con apego a la normatividad general, estatal,
                  así  como  su  reglamento  y  demás  normatividad  interna.

                  Artículo 218. La Unidad de Transparencia será el enlace entre
                  los particulares y los titulares de cada una de las áreas de
                  la  administración  pública  municipal,  en  el  trámite  de  las
                  solicitudes de información que se presenten.

                  Artículo 219. Para el cumplimiento de sus funciones la Unidad
                  de Transparencia, se coordinará con el Órgano Garante Estatal,
                  quien establecerá las bases para la operación y funcionamiento
                  de  las  plataformas  digitales  a  través  de  cuales  se  dará
                  cumplimiento  a  las  obligaciones  establecidas  en  la  materia,
                  para  la  atención  de  solicitudes  de  información  pública,  la
                  publicación de obligaciones comunes y especificas por parte de
                  los sujetos obligados, así como para los  procesos de acceso,
                  rectificación, corrección u oposición de datos personales.

                  Artículo 220. Con el objeto de transparentar la gestión pública
                  municipal y la rendición de cuentas la Unidad de Transparencia
                  y  Protección  de  Datos  Personales del Municipio de Ocoyoacac,
                  Estado de México, deberá actualizar y difundir el portal oficial
                  del Ayuntamiento designado para ello dentro del ámbito de sus
                  atribuciones,  requiriendo  a  las  dependencias  y  entidades  la
                  información  necesaria  a  efecto  de  facilitar  a  cualquier
                  persona,  datos  socioeconómicos  del  municipio,  aplicación  de
                  recursos y demás información pública de oficio, a través de un
                  procedimiento que garantice el ejercicio del derecho de acceso
                  a la información pública y protección de datos personales, de
                  conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la
                  Información  Pública,  Ley  de  Transparencia  y  Acceso  a  la
                  Información Pública del Estado de México y Municipios, la Ley
                  de Protección de Datos Personales del Estado de México y demás

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