Page 54 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
P. 54

VII.  Proporcionar  para  la  formulación  del  proyecto  de
                         Presupuesto  de  Egresos  Municipales  la  información
                         financiera relativa a la solución o en su caso, el pago
                         de los litigios laborales;
                  VIII. Diseñar          y     aprobar        las       formas       oficiales         de
                         manifestaciones,             avisos,        declaraciones          y      demás
                         documentos requeridos;

                  IX.    Participar  en  la  formulación  de  Convenios  Fiscales  y
                         ejercer las atribuciones que le correspondan;

                  X.     Proponer  al  ayuntamiento  la  cancelación  de  cuentas
                         incobrables;

                  XI.    Custodiar  y  ejercer  las  garantías  que  se  otorguen  en
                         favor de la hacienda municipal;

                  XII.  Proponer  la  política  de  ingresos  de  la  tesorería
                         municipal;

                  XIII. Intervenir  en  la  elaboración  del  programa  financiero
                         municipal;
                  XIV.  Elaborar         y     mantener        actualizado         el     Padrón       de
                         Contribuyentes;  Publicada  en  el  Periódico  Oficial
                         “Gaceta  del  Gobierno”  el  2  de  marzo  de  1993.  Última
                         reforma  POGG  3  de  septiembre  de  2021  LEY  ORGÁNICA
                         MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO 41

                  XV.    Ministrar  a  su  inmediato  antecesor  todos  los  datos
                         oficiales que le solicitare, para contestar los pliegos
                         de  observaciones  y  alcances  que  formule  y  deduzca  el
                         Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;
                  XVI.  Solicitar  a  las  instancias  competentes,  la  práctica  de
                         revisiones  circunstanciadas,  de  conformidad  con  las
                         normas en materia de control y evaluación gubernamental
                         en el ámbito municipal;

                  XVII. Glosar oportunamente las cuentas del ayuntamiento;

                  XVIII. Contestar oportunamente los pliegos de observaciones y
                         responsabilidad           que     haga      el    Órgano       Superior       de
                         Fiscalización del Estado de México, así como atender en
                         tiempo  y  forma  las  solicitudes  de  información  que  éste
                         requiera, informando al Ayuntamiento;






                                                             54
   49   50   51   52   53   54   55   56   57   58   59