Page 59 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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Artículo 95. El Presidente Municipal será quien tenga bajo su
                  mando  los  cuerpos  de  la  Dirección  General  de  Seguridad
                  Pública y Tránsito Municipal, a través de su Director General
                  y del Subdirector de Tránsito y  Vialidad; además, tendrá la
                  facultad de celebrar convenios, acuerdos y demás instrumentos
                  jurídicos  relacionados  con  la  materia  en  ámbito  de  su
                  competencia.
                  Artículo 96. El Ayuntamiento tendrá las siguientes atribuciones
                  en materia de seguridad pública y tránsito:

                  I.     Organizar  los  servicios  de  seguridad  pública,  a  través
                         de  áreas  administrativas,  cuyas  atribuciones  serán
                         otorgadas         de    conformidad         con      la     legislación         y
                         reglamentación federal, estatal y municipal;

                  II.    Convocar,  seleccionar,  capacitar,  supervisar  y  evaluar
                         permanentemente  al  personal  que  integra  la  Dirección
                         General  de  Seguridad  Pública  y  Tránsito  Municipal,
                         conforme a la ley de la materia;


                  III.  Suscribir convenios con la Federación, el Estado y otros
                         municipios para ejercer funciones coordinadas en materia
                         de seguridad pública;

                  IV.    Sujetarse  a  los  lineamientos  y  reglamentación  de  los
                         tres niveles de gobierno para que los elementos y mandos
                         en  seguridad  pública  y  tránsito  puedan  ejercer  sus
                         labores conforme a los principios de legalidad, así como
                         llevar  a  cabo  el  proceso  de  evaluación,  certificación
                         que  emane  en  las  leyes  reglamentos  y  convenios
                         tendientes en materia de seguridad pública;

                  V.     Establecer  vínculos  permanentes  con  organizaciones
                         sociales  y,  en  general,  con  las  y  los  habitantes  del
                         municipio  de  Ocoyoacac,  para  la  detección  de  los
                         problemas  y  fenómenos  sociales  que  los  aquejan  en
                         materia de seguridad pública y vialidad;

                  VI.    Emitir  las  disposiciones  relativas  a  la  regulación  de
                         seguridad pública, así como de vialidad en el territorio
                         municipal;


                  VII.  Coadyuvar  con  las  autoridades  militares,  federales,
                         estatales         y    municipales         en     el     ámbito       de     sus
                         atribuciones, en la prevención, combate y persecución de
                         los  delitos;  permitiendo  en  acción  coordinada,  la
                         incursión de estos en el territorio municipal;



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