Page 57 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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iniciar,  en  su  caso  el                   procedimiento  administrativo
                  correspondiente.

                  Artículo  87.  Para  el  mejor  desempeño  de  sus  funciones,  la
                  Contraloría  Interna,  podrá  practicar  las  notificaciones
                  relacionadas         a     los     procedimientos           de     responsabilidad
                  administrativa, así como calificar la gravedad de la falta en
                  términos  de  la  Ley  de  Responsabilidades  Administrativas  del
                  Estado de México y Municipios.

                  Artículo 88. La Contraloría Interna Municipal actuará conforme al
                  Sistema Municipal Anticorrupción e implementará los mecanismos
                  para determinar la sanción de faltas administrativas y actos
                  de corrupción.

                  La  Contraloría  Interna  Municipal  con  la  colaboración  de  los
                  vecinos  del  municipio  constituirá  el  respectivo  Comité
                  Ciudadano de Control y Vigilancia  de la obra o acción que se
                  realice con recursos públicos en el municipio de Ocoyoacac de
                  acuerdo  con  lo  estipulado  en  la  Ley  Orgánica  y  demás
                  normatividad aplicable.

                  Artículo  89.  La  Contraloría  Interna  regirá  su  estructura  y
                  funcionamiento  de  conformidad  a  la  normatividad  federal,
                  estatal y municipal vigente.


                                                 TÍTULO NOVENO
                                  DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
                                                   CAPÍTULO I
                                         DISPOSICIONES GENERALES

                  Artículo  90.  La  Dirección  de  Administración  será  la
                  dependencia responsable de administrar los recursos humanos,
                  materiales,  tecnológicos  y  de  servicios  de  las  diversas
                  unidades  administrativas  que  conforman  la  Administración
                  Pública  Municipal  y  asignará  a  estas,  en  acuerdo  con  el
                  Presidente Municipal, el personal capacitado que requieran para
                  el cumplimiento de sus atribuciones, llevando el registro del
                  mismo y, en coordinación con la Tesorería, gestionará el pago
                  de los salarios, atenderá las relaciones laborales, efectuará
                  las  adquisiciones  que  requieran  las  dependencias  de  la
                  Administración  Pública  Municipal  a  través  del  Comité de
                  Adquisiciones  y  Servicios;  y  en  general,  cumplirá  con  todas
                  las atribuciones que le otorguen las disposiciones legales que
                  regulen sus actividades.


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