Page 55 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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VI. Acelerar la consecución de la igualdad de género y el empoderamiento
de las mujeres, a través de:
a) Economías inclusivas y empoderamiento económico de las mujeres.
b) Igualdad de poder y representación.
c) Prevenir y responder a la violencia de género.
d) Revertir la reacción contra la igualdad de género: abordar las Normas
Sociales de Género.
e) Mejores datos y análisis para elaborar políticas.
CAPÍTULO SEXTO
De la Protección Ecológica y Mejoramiento del Medio Ambiente
Artículo 112 Serán atribuciones del Ayuntamiento en materia de preservación y
mejoramiento del medio ambiente:
I. Formular, conducir y evaluar la política ambiental municipal en
congruencia con los criterios emitidos por la Federación y el Gobierno
del Estado;
II. Formular y expedir el Programa de Ordenamiento Ecológico del
territorio municipal, en congruencia con lo señalado por el ordenamiento
ecológico del Estado, considerando la información sobre las regiones o
zonas geográficas vulnerables a los efectos adversos del cambio
climático, así como el control y la vigilancia del uso o cambio de uso del
suelo establecido en dichos programas;
III. Aplicar los instrumentos de política ambiental previstos en el Código
para la Biodiversidad del Estado de México, previniendo, protegiendo y
fomentando la conservación de los recursos del bosque, del suelo y del
agua básicos para el desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal,
así como la preservación, conservación, remediación y restauración del
equilibrio ecológico y la protección a la biodiversidad y al ambiente en
bienes y zonas de jurisdicción municipal en las materias que no estén
expresamente atribuidas a la Federación o al Estado;
IV. Aplicar las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de
la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen