Page 51 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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VI. Fomentar la transparencia y proceso de consulta pública en la
elaboración de la regulación.
CAPITULO TERCERO
Del Gobierno Digital
Artículo 108.- El Ayuntamiento establecerá los principios, acciones y lineamientos
para la política de Gobierno Digital Municipal, las cuales deberán considerar lo
siguiente:
I. Establecer de acuerdo con la Agenda Digital del Gobierno del Estado,
la política municipal para el fomento, uso y aprovechamiento estratégico
de las tecnologías de la información y comunicación para el gobierno
digital;
II. Fomentar la celebración de convenios de coordinación, colaboración y
concertación, según corresponda, con la Federación, los Estados y
municipios, así como los sectores social y privado en materia de uso y
aprovechamiento estratégico de las tecnologías de la información y
comunicación;
III. Implementar el gobierno digital en la prestación de los trámites y
servicios que la administración pública municipal ofrece a las personas;
IV. Proponer la regulación necesaria en materia de uso y aprovechamiento
estratégico de tecnologías de la información y comunicación, con el fin
de establecer los requerimientos tecnológicos para la introducción de
conectividad en los edificios públicos municipales;
V. Dar continuidad a los programas relacionados con la aplicación de las
tecnologías de información y comunicación, y
VI. Gestionar los recursos para la correcta función de los servicios en
materia de tecnologías de la información y comunicación de los edificios
públicos municipales.
CAPÍTULO CUARTO
Del Desarrollo Económico y Bienestar Social
Artículo 109.- El Gobierno Municipal promoverá y fomentará el desarrollo
económico, la competitividad y el bienestar social en el territorio local, mediante