Page 46 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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I. Vigilar el cumplimiento de este Bando, reglamentos y disposiciones
administrativas que emita el Ayuntamiento;
II. Promover la participación y comunicación permanente con la comunidad
sobre los planes y programas que emita el Gobierno Municipal;
III. Fungir como enlaces entre su respectiva comunidad y el Ayuntamiento,
para la atención y solución de los problemas colectivos;
IV. Elaborar los programas de trabajo para su gestión, los cuales deberán
estar armonizados con las directrices de planeación para el desarrollo
municipal;
V. Informar a su comunidad y al Ayuntamiento, a través de las
Dependencias y Unidades Administrativas competentes, acerca del
estado que guardan los asuntos encomendados a su responsabilidad
cuando les sea requerido;
VI. Coadyuvar con el Gobierno Municipal en la elaboración y mantenimiento
del padrón de vecinos en su jurisdicción;
VII. Participar con la comunidad en los programas municipales de protección,
conservación y restauración del medio ambiente;
VIII. Participar y cooperar con el Gobierno Municipal dentro de su
comunidad, en los programas de seguridad pública y protección civil;
IX. Abstenerse por sí o por interpósita persona de detener o arrestar a los
ciudadanos de su comunidad para sujetarlos a investigaciones o a
interrogatorios, ni llevar a cabo diligencias que competan a otras
autoridades, tales como las policiales, judiciales o las propias del
gobierno municipal. En caso de posible comisión de falta administrativa
o delito, se concretarán a dar aviso a la autoridad competente;
X. Abstenerse de calificar hechos posiblemente delictivos o presuntas faltas
administrativas de la que tengan conocimiento, por lo que les estará
estrictamente prohibido imponer sanciones de cualquier tipo, decretar
arrestos o exigir trabajos a los presuntos infractores;
XI. Abstenerse de actuar como ejecutores o administradores de servicios
municipales ni ejercer facultades atribuidas a la Tesorería Municipal en
materia de recaudación tributaria;
XII. Abstenerse de autorizar por sí o por interpósita persona inhumaciones y
exhumaciones;