Page 44 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
P. 44
Artículo 86.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ocoyoacac, es
un Organismo Público Descentralizado, el cual se regirá por las leyes y
reglamentos que regulan su creación, organización y funcionamiento, con
personalidad jurídica y patrimonio propios; tiene por objeto establecer, conducir y
ejecutar la política municipal en materia de cultura física y deporte en los términos
de lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, la Ley
General de Cultura Física y Deporte y su Reglamento, la Ley que crea el
Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura
Física y Deporte de Ocoyoacac y demás disposiciones normativas aplicables.
Artículo 87.- La promoción de la práctica deportiva en todos los niveles y sectores
del municipio, estará a cargo del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte
de Ocoyoacac, a través de sus academias deportivas; propiciando la interacción
familiar y social, promoviendo la salud física, mental, cultural y social.
Artículo 88.- El Ayuntamiento podrá otorgar en comodato instalaciones deportivas
que formen parte de su patrimonio, al Instituto Municipal de Cultura Física y
Deporte de Ocoyoacac, con el objeto de coadyubar en la consecución de sus fines;
quien se encargará de su regulación, preservación y adecuado mantenimiento.
CAPÍTULO TERCERO
De la Defensoría Municipal de los Derechos Humanos
Artículo 89.- La Defensoría Municipal de los Derechos Humanos es un Órgano
Autónomo del Ayuntamiento de Ocoyoacac, cuyo objeto es proteger, promover y
difundir los derechos humanos dentro del municipio; dotada de diferentes
atribuciones se constituye como una entidad activa que ayuda a fomentar una
cultura de respeto a la dignidad humana por actos u omisiones de naturaleza
administrativa.
Artículo 90.- Para el ejercicio de sus funciones, la Defensoría Municipal de
Derechos Humanos se coordinará de manera permanente con la Comisión de los
Derechos Humanos del Estado de México.
CAPITULO CUARTO
De las Autoridades Auxiliares