Page 155 - BANDO MUNICIPAL
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Artículo  258.  La  administración  pública  municipal,  a  través
                  del  IMJUVE,  tiene  por  obligatoriedad  implementar,  fomentar,
                  generar,  promover  y  ejecutar  acciones,  estrategias,  planes,
                  programas y políticas que atiendan el desarrollo integral y la
                  igualdad de oportunidades, fomentando así, la participación,
                  la  organización,  la  expresión  cultural  y  artística,  la
                  educación,  el  deporte  y  la  salud  de  las  Juventudes
                  Ocoyaquenses. Por ello, son atribuciones del IMJUVE:

                     I.  Diseñar,        implementar,          ejecutar        y     participar        en
                         estrategias para el aprovechamiento y potencialización de
                         las capacidades de la juventud, a fin de contribuir en su
                         desarrollo integral;

                    II.  Prevenir  el  embarazo  adolescente,  con  respeto  a  los
                         derechos sexuales y reproductivos, adicciones, conductas
                         antisociales  y  delictivas  a  través  de  talleres  y
                         conferencias;

                  III.  Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas,
                         que  aseguren  el  pleno  desarrollo  integral  de  las
                         juventudes;

                    IV.  Promover y fortalecer la participación de los jóvenes a
                         través de mecanismos que permitan su pleno desarrollo en
                         los ámbitos político y social;

                     V.  Representar  los  intereses  de  los  jóvenes  ocoyoaquenses
                         ante las diferentes instituciones públicas y privadas en
                         busca de más y mejores oportunidades;

                    VI.  Coordinar,  ante  las  instancias  que  correspondan  que
                         promuevan los derechos de los jóvenes, así como el respeto
                         a la diversidad e inclusión de los mismos;
                  VII.  Promover entre la población juvenil el aprovechamiento,
                         protección y conservación del Medio Ambiente;



                  VIII. Fungir como representantes del Gobierno de Ocoyoacac en
                         materia  de  juventud,  en  caso  de  que  el  Presidente
                         Municipal  así  lo  requiera  ante  entidades  Federales  y
                         Estatales, así como con otras dependencias privadas.

                    IX.  Las demás que le confieren el presente, las leyes locales
                         y  federales,  así  como  los  tratados  internacionales
                         ratificados por  el Estado de México,  sobre la garantía
                         del pleno acceso de los derechos de las y los jóvenes.


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