Page 153 - BANDO MUNICIPAL
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Artículo 255.  El Ayuntamiento instaurará el órgano colegiado
                 “sistema municipal para la igualdad de trato y oportunidades
                 entre mujeres y hombres, para prevenir, atender, sancionar y
                 erradicar la violencia de género” sugerido por la Secretaría
                 de la Mujer del Estado de México y el Reglamento del Sistema
                 Estatal  para  la  Igualdad  de  Trato  y  Oportunidades  entre
                 Mujeres  y  Hombres,  y  para  prevenir,  atender,  sancionar  y
                 erradicar  la  violencia  contra  las  mujeres;  el  cuál  será
                 integrado por:

                    I.  El  Presidente  Municipal  fungirá  como  presidente  del
                         sistema.
                    II. La titular del Instituto Municipal de la Mujer quien fungirá
                        como secretaria técnica del sistema;

                  III. Integrantes del Cabildo

                  IV.  El  Sistema  para  el  Desarrollo  Integral  de  la  Familia
                         Municipal;

                  V.     El Comisario de Seguridad Pública;

                  VI.  Además de las entidades que se consideren necesarias para
                         el  cumplimiento  de  los  objetivos,  mismos  que  fungirán
                         como vocales.

                 Artículo  256.  El  Instituto  Municipal  de  la  Mujer  y  Grupos
                 Vulnerables  tiene  la  facultad  de  sugerir  y  presentar
                 propuestas para  implementar programas y acciones que busquen
                 garantizar  la  equidad  de  género  y  el  respeto  a  la  dignidad
                 humana, así como garantizar la prevención y erradicación de
                 todo  tipo  de  violencia  bajo  los  principios  de  respeto,
                 justicia,  equidad  e  igualdad  de  oportunidades,  los  cuales
                 buscarán:

                    I.  Promover  la  transversalización  de  la  perspectiva  de
                         género  en  todas  las  políticas  públicas  y  acciones  del
                         Gobierno Municipal.

                  II.  Impulsar  la  reducción  de  la  Violencia  de  Género  en  el
                         Municipio

                  III. Promover,  fomentar  e  instrumentar  las  condiciones  que
                         posibiliten  una  cultura  de  igualdad  entre  mujeres  y
                         hombres en el municipio que elimine los obstáculos para
                         el pleno goce de los derechos de las mujeres e implementar
                         políticas públicas que favorezcan su desarrollo integral.

                  IV.  Impulsar la transversalización e institucionalización de
                         la  Perspectiva  de  Género  al  interior  del  Ayuntamiento

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