Page 154 - BANDO MUNICIPAL
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Constitucional de Ocoyoacac;
V. Coadyuvar con las diversas dependencias del Ayuntamiento
Constitucional de Ocoyoacac en la creación e
implementación de políticas públicas con perspectiva de
género;
VI. Capacitar y actualizar en temas de género a las personas al
servicio público municipal;
VII. Proponer al Presidente Municipal planes y proyectos que
incorporen acciones para lograr la igualdad entre mujeres
y hombres;
VIII. Participar en los acuerdos y otros instrumentos emitidos
por los Sistemas Estatales y Nacionales de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género y para
la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
IX. Gestionar recursos ante los organismos públicos y
privados de cualquier orden de gobierno, que apoyen en
la cumplimentación de sus objetivos y atribuciones;
X. Participar en eventos académicos, sociales y culturales
en materia de género, para el intercambio de
experiencias; con instituciones académicas,
dependencias, y organismos públicos y/o privados.
XI. Diseñar los mecanismos para el cumplimiento y vigilancia
de las políticas sobre participación de las mujeres en
los diversos ámbitos del desarrollo municipal;
XII. Las demás que le confieran el presente las leyes locales
y federales, así como los tratados internacionales
ratificados por el Estado Mexicano sobre derechos humanos
de las mujeres.
CAPÍTULO IV
DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD (IMJUVE)
Artículo 257. El Instituto Municipal de la Juventud (IMJUVE),
es la dependencia encargada de impulsar y fomentar, a través
de programas sociales, el correcto desarrollo de la juventud
en todos los ámbitos, con el objeto de encausar las inquietudes
y necesidades de los jóvenes en el municipio, en un marco de
respeto, desarrollo e igualdad.
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