Page 148 - BANDO MUNICIPAL
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tiene  por  objeto la promoción de las actividades y acciones
                  relacionadas con  la  asistencia  social  y  la  prestación  de
                  servicios asistenciales.

                  Artículo 250. El Organismo Público Descentralizado Municipal
                  denominado “Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la
                  Familia”, tendrá  las  funciones  y  atribuciones  respecto  del
                  Sistema Estatal, que le confiere la ley, el decreto que lo creo,
                  y  con base en la concurrencia y colaboración con el DIFEM y el
                  Sistema  Nacional  para  el  Desarrollo  Integral  de  la  Familia;
                  garantizarán la continuidad de las acciones y operación de los
                  programas  de  asistencia  social,  protección  a  la  infancia  y
                  adolescencia, para lo cual deberán observar lo siguiente:

                    I.  La  ejecución  de  los  programas  de  asistencia  social,
                         Estatales  y  Municipales,  enfocados  a  la  protección  de
                         niñas,  niños  y  adolescentes,  de  conformidad  con  la
                         competencia y atribuciones que cada organismo tenga. En
                         el marco normativo emitido por el Sistema Nacional para
                         el  Desarrollo  Integral  de  la  Familia  y  el  DIFEM,  de
                         acuerdo  con  los  objetivos  y  prioridades  de  los  planes
                         estatal y municipal de desarrollo.

                   II.  Establecer,          operar       y    administrar         establecimientos
                         asistenciales  en  el  ámbito  de  su  competencia  territorial
                         mediante  acuerdos,  convenios  de  colaboración  y  de
                         concertación de acciones con otros Sistemas Municipales.

                  Artículo 251. El Organismo Público Descentralizado Municipal
                  denominado “Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la
                  Familia”, en  materia  de  asistencia  social,  y  protección  a  la
                  infancia  y adolescencia  tendrá  entre  otras,  las  atribuciones
                  siguientes:


                     I.  La  promoción  y  ejecución  de  programas,  acciones  y
                         servicios para la integración, desarrollo y mejoramiento
                         de  la  familia  y  del  núcleo  familiar,  mediante  su
                         participación  organizada,  activa  y  consciente  de  su
                         propio beneficio;


                    II.   Difundir y ejecutar acciones para la protección  de los
                         derechos del adulto mayor, para favorecer su reinserción
                         al núcleo familiar y social;

                  III.  Implementar  y  difundir  acciones  para  prevenir  la
                         discapacidad y gestionar su tratamiento rehabilitatorio
                         no hospitalario en centros especializados, favoreciendo

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