Page 41 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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Sus funciones principales serán:

                  I.     Apoyar  la  participación  responsable  de  los  habitantes
                         del municipio;

                  II.    Identificar  las  demandas  y  problemas  sociales  del
                         municipio a efecto de proponer los mecanismos adecuados
                         para su atención;
                  III.  La Dirección de Desarrollo Económico en coordinación con
                         la  Dirección  de  Gobierno  deberá  regular  e  inspeccionar
                         el  uso  de  la  vía  pública  para  la  realización  de
                         espectáculos públicos y privados para coordinarse con la
                         Dirección  General  de  Seguridad  Pública  Municipal  para
                         verificar  que  no  se  presenten  percances  y  se  realicen
                         con base en la normatividad vigente;

                  IV.    En  coordinación  con    la  Coordinación  Municipal  de
                         Protección Civil y Bomberos, verificar que se cuente con
                         la autorización para la quema de fuegos pirotécnicos en
                         eventos públicos para que se cumplan con los protocolos
                         correspondientes en la materia;

                  V.     Las  autorizaciones  de  quema  de  castillería  o  cualquier
                         espectáculo  pirotécnico,  solo  se  expedirán  al  maestro
                         pirotécnico  que  cuente  con  el  permiso  correspondiente
                         expedido  por  la  Secretaría  de  la  Defensa  Nacional
                         vigente  y  que  se  encuentre  en  el  registro  Estatal  de
                         Pirotecnia.

                  VI.    Cualquier incumplimiento a las disposiciones vigentes en
                         materia  de  quema  de  pirotecnia  será  motivo  de  denuncia
                         ante las autoridades competentes.


                  VII.  La  Dirección  de  Gobierno  en  coordinación  con  la
                         Dirección de Desarrollo Económico, la Dirección General
                         de  Seguridad  Pública  y  Tránsito,  la  Coordinación
                         Municipal  de  Protección  Civil  y  Bomberos  y  la  Unidad
                         Jurídica,  se  constituirán  en  el  domicilio  de  las
                         unidades  económicas  del  municipio  para  realizar  las
                         diligencias  de  clausura  temporal  o  permanente  de  las
                         unidades  económicas  que  no  cumplan  con  la  normatividad
                         del  presente  bando,  así  como  las  demás  disposiciones  a
                         las que estén obligados.





                  Artículo 56. La Dirección de Gobierno, coordinará y tendrá a
                  su  cargo  la  prestación  de  los  siguientes  servicios  públicos

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