Page 39 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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IV.    Autorizar  licencias  de  construcción  y  alineamiento  o
                         para la apertura de establecimientos;

                  V.     Autorizar  y  cobrar  el  espacio  público  para  la
                         realización  de  espectáculos  públicos,  festividades  o
                         establecimiento de comercios;


                  VI.    Mantener  detenidas  a  las  personas  que  presuntamente
                         hayan  cometido  un  ilícito,  sin  hacerlo  del  inmediato
                         conocimiento  de  las  autoridades  municipales  o  del
                         Ministerio Público, en su caso;

                  VII.  Autorizar inhumaciones y/o exhumaciones;

                  VIII. Ejercer  actos  de  autoridad  para  los  que  no  estén
                         facultados y que no están expresamente señalados en este
                         bando u otros ordenamientos de carácter federal, estatal
                         o municipal;

                  IX.    Desempeñar  cualquier  función  que  no  esté  expresamente
                         prevista  en  la  ley,  en  este  Bando  o  en  otros
                         ordenamientos municipales.

                  X.     Todos  los  demás  actos  que  sean  violatorios  a  las
                         disposiciones            emitidas         por       los       ordenamientos
                         respectivos.

                                                        TITULO QUINTO
                                          DE LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
                                                          CAPITULO I
                                                 DISPOSICIONES GENERALES

                  Artículo  52.  La  Secretaría  del  Ayuntamiento  regirá  su
                  funcionamiento, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal
                  del Estado de México y demás ordenamientos legales aplicables.

                  Artículo 53. La Secretaría del Ayuntamiento es la responsable
                  de:

                  I.     Levantar  las  actas  correspondientes  a  las  sesiones  de
                         Cabildo;
                  II.    Emitir las convocatorias para la celebración de estas;


                  III.  Tener a su cargo el archivo general del Ayuntamiento y
                         la Administración Pública Municipal;

                  IV.    Expedir  las  constancias  de  vecindad  que  soliciten  los
                         habitantes del municipio y los permisos para el uso de
                         la vía pública, plazas o centros cívicos, exclusivamente
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