Page 65 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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TÍTULO X
                                              Consideraciones Adicionales


                                                  CAPÍTULO PRIMERO
                                            Del Mérito y el Reconocimiento


                  Artículo 125.- Las y los ciudadanos, así como las y los servidores públicos que se
                  destaquen  por  sus  actos  u  obras  en  beneficio  de  la  comunidad  podrán  ser
                  distinguidos  por  el  Ayuntamiento  con  el  otorgamiento  de  un  reconocimiento
                  conforme a las disposiciones legales aplicables, y a falta de éstas, de las normas

                  que al efecto apruebe el Ayuntamiento.

                  Los reconocimientos a que hace referencia el párrafo anterior se otorgarán a favor
                  de personas originarias o vecinas del Municipio de Ocoyoacac, Estado de México,

                  cuando se acredite una conducta o trayectoria vital, singularmente ejemplar, así
                  como también la realización de determinados actos u obras relevantes en beneficio
                  de la humanidad, del país, del Estado de México, del Municipio o de la Comunidad.


                  La determinación de las personas acreedoras a las preseas al mérito civil municipal
                  y/o premiaciones que autorice el Ayuntamiento, corresponde a:

                  I. La Presidencia Municipal, y

                  II. El Consejo de Premiación.

                  Las  preseas  al  mérito  civil  municipal  tendrán  las  categorías  que  determine  el
                  ayuntamiento, previo a la expedición de la convocatoria.


                  Artículo  126.-  El  Premio  Municipal  del  Deporte,  será  entregado  el  día  20  de
                  noviembre a las y los deportistas ocoyoaquenses que sobresalgan en las diferentes
                  disciplinas  deportivas,  por  su  conducta  y  dedicación  considerándoles  como  una

                  muestra ejemplar para el resto de los deportistas y la sociedad.

                                                 CAPÍTULO SEGUNDO
                                                   De la Agenda 2030
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