Page 100 - BANDO MUNICIPAL
P. 100

I.  Implementar mecanismos para la realización y actualización
                        del diagnóstico de salud municipal;

                  II.  Coadyuvar en la elaboración y seguimiento de los programas
                        de salud de orden estatal y federal;
                 III.  Proponer,  coordinar  y  ejecutar  programas,  proyectos  y
                        acciones en materia de salud municipal;

                  IV.  Fomentar la igualdad de oportunidades y participación en
                        proyectos  y  programas  en  materia  de  salud  pública
                        municipal;

                    V.  Comunicar y orientar al personal bajo su responsabilidad
                        sobre la serie de sistemas de funcionamiento;
                  VI.  Reportar  la  eficiencia  y  eficacia  de  las  actividades
                        realizadas y jornadas permanentes de salud;
                 VII.  Mantener comunicación permanente con el personal y con los
                        niveles jerárquicos superiores sobre el desempeño, logros,
                        objetivos y cumplimiento de metas;

               VIII.  Coordinar los programas y acciones en las áreas social y
                        educativa  con  el  objetivo  de  mejorar  la  calidad  del
                        servicio en materia de salud;

                  IX.  Planear,  desarrollar,  promover,  coordinar  y  evaluar
                        políticas públicas y programas de salud;
                    X.  Fomentar la igualdad de oportunidades y participación;

                  XI.  Instrumentar  y  vigilar  la  correcta  aplicación  de  los
                        lineamientos Elaborar, coordinar y supervisar de acuerdo
                        con  las  directrices  emitidas  por  el  programa  de
                        actividades a cumplir con los objetivos establecidos por
                        la Dirección de Desarrollo Social y Humano;

                 XII.  Planear, coordinar y supervisar los programas y acciones
                        en las áreas laboral, social y educativa con el objetivo
                        de mejorar la calidad del servicio;

               XIII.  Participar en los diferentes comités interinstitucionales
                        del  sector  salud,  con  el  fin  de  representar  a  la
                        Subdirección de Atención a la Salud y Servicios Públicos
                        Municipales  en  las  actividades  de  asistencia  social
                        correspondientes; y

                 XIV.  Las  demás  que  le  confieren  por  el  Ayuntamiento  de
                        Ocoyoacac.
                 Artículo 177 Bis. Son atribuciones de la Subdirección Desarrollo
                 Social y sus Departamentos correspondientes las siguientes:


                                                             100
   95   96   97   98   99   100   101   102   103   104   105