Page 80 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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Artículo 134. Son atribuciones de la autoridad municipal, en
                  materia de desarrollo económico, las siguientes:

                   I.    Promover y apoyar los programas municipales, estatales y
                         federales de capacitación organización para el trabajo,
                         así como operar el servicio municipal de empleo;

                 II.     Diseñar,  promover  y  fomentar  políticas  de  desarrollo
                         económico  y  competitividad,  que  atraigan  inversiones
                         productivas  al  municipio  y  generen  empleos  justamente
                         remunerados,  mediante  el  fortalecimiento  de  la  alianza
                         estratégica  entre  el  gobierno  y  los  sectores  social,
                         académico, comercial y empresarial;

                III.     Promover  la  capacitación  de  los  sectores  de  la
                         producción,         en     coordinación         con      instituciones          y
                         organismos  públicos  y  privados,  para  alcanzar  mejores
                         niveles  de  productividad  y  calidad  de  la  base
                         empresarial instalada en el municipio, así como difundir
                         sus resultados;

                 IV.     Fomentar y promover la actividad comercial e industrial,
                         incentivando su desarrollo ordenado y equilibrado, para
                         la obtención de una cultura de negocios coadyuvantes de
                         la  seguridad  y  prevención  ciudadana,  protección  del
                         medio  ambiente  y  la  biodiversidad  y  abasto  de  buena
                         calidad en el municipio;

                   V.    Fomentar  la  creación  de  cadenas  productivas  entre
                         emprendedores,  micro,  pequeñas,  medianas  y  grandes
                         empresas,  propiciando  así  un  crecimiento  económico
                         local;

                 VI.     Promover  el  desarrollo  de  proyectos  productivos  en
                         diversas  comunidades,  para  el  fomento  del  empleo  en
                         estas   zonas;
                VII.     Establecer  y  operar  el  sistema  de  apertura  rápida  de
                         empresas, en coordinación con las autoridades estatales
                         y federales:

              VIII.      Establecer  programas  de  apoyo  que  impulsen  negocios
                         familiares;

                 IX.     Instalar  y  vigilar  el  debido  funcionamiento  de  la
                         ventanilla única en materia de unidades económicas;
                   X.    Conducir  la  coordinación  interinstitucional  de  las
                         dependencias  municipales  a  las  que  corresponda  conocer
                         sobre  el  otorgamiento  de  licencias  para  la  apertura  y


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