Page 78 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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VI. Dictaminar la suspensión y/o clausura temporal,
definitiva o suspensión de permisos emitidos de los
eventos de concentración masiva de población que pongan
en riesgo a la ciudadanía en caso de determinarse
contingencia, riesgo sanitario, pandemia, desastres
naturales, desastres antropogénicos y/o accidentes
cuando se determine de alto riesgo, que ponga en peligro
a la población; y
VII. Las demás que señalen la ley y otras disposiciones
aplicables.
Artículo 130. Los espectáculos y diversiones públicas,
ferias, circos o palenques, deben presentarse en lugares que
cumplan con los requisitos de seguridad y salud antes
señalados y deberán contar con un plan de emergencia para la
emisión dé el visto bueno de Protección Civil, debiendo
acudir el responsable del evento a la Dirección de Protección
Civil y Bomberos por lo menos quince días hábiles antes de la
celebración de este, a fin de obtener el visto bueno
correspondiente.
La Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
solicitará al responsable del evento, el plan de emergencia,
programa específico o programa interno de Protección Civil
(según sea el caso) para eventos de concentración masiva de
población, para realizar la inscripción al registro estatal
de protección civil, de acuerdo con la Ley de Eventos
Públicos del Estado de México y obtener la autorización
correspondiente.
CAPÍTULO VIII
DEL HERÓICO CUERPO DE BOMBEROS
Artículo 131. A efecto de cumplir con sus actividades la
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos tendrá
a su cargo al Heroico Cuerpo de Bomberos y los servicios de
Atención Prehospitalaria, los cuales brindarán los servicios
de emergencia que solicite la ciudadanía que se encuentre en
alguna situación de riesgo; por lo que en el ejercicio de sus
funciones podrán ingresar en sitios cerrados, públicos o
privados, en que se registre cualquier siniestro o desastre,
pudiendo extraer de éstos todo tipo de objeto o material que
sea de riesgo inminente hacia la población, o que estorbe en
su labor de atención adecuada del servicio de emergencia, los
cuales, de ser posible, serán puestos bajo resguardo de los
cuerpos de seguridad pública y devueltos a sus propietarios
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