Page 70 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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XIII. Expedir el visto bueno correspondiente a los
establecimientos industriales, comerciales y de
servicios cuando los mismos cumplan con los requisitos
que fija la normatividad respectiva en materia de
Protección Civil;
XIV. Solicitar a los negocios y empresas de bajo riesgo,
independientemente de que cuenten con sus medidas de
seguridad de protección civil realicen su plan de
emergencia;
XV. Auxiliar en cualquier desastre que ponga en
riesgo/peligro la integridad física y el patrimonio de
los habitantes del municipio, de acuerdo con los
protocolos de actuación correspondientes;
XVI. Llevar a cabo el salvamento de personas en situaciones
de peligro o alto riesgo, como: accidentes de tránsito,
derrumbes, deslizamientos de tierra, desbordamiento de
ríos, lagos, caídas en zanjas y lugares profundos, así
como de aquellos que se encuentren en inminente riesgo /
peligro de sufrir lesiones o perder la vida, cuando
exista o pudiera existir intoxicación o asfixia,
picaduras, mordeduras de animales o insectos ponzoñosos,
siempre aplicando los protocolos de actuación aplicables
a cada situación;
XVII. Proponer al Presidente Municipal los inmuebles que
pudieran ser utilizados como refugios temporales y/o
albergues;
XVIII. Extraer y/o retener objetos, cilindros u algún objeto
o material/residuo peligroso que represente un riesgo
inminente hacia la población, de acuerdo con los
protocolos de actuación aplicables;
XIX. Regular y supervisar el uso de tanques estacionarios de
gas licuado de petróleo (LP), de los vehículos
autorizados para el transporte de gas licuado de
petróleo (LP) en sus modalidades de pipas y de cilindros
portátiles de cualquier capacidad, con la finalidad de
minimizar el riesgo ante alguna eventualidad o
contingencia;
XX. Retirar y resguardar artículos pirotécnicos que se
comercialicen o almacenen y no cuenten con los permisos
correspondientes;
XXI. Realizar maniobras de sección, poda o derribo de árboles
sólo en caso de riesgo inminente o de emergencia;
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