Page 111 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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forestal,  desarrollo  sostenible,  procurando  la  conservación,
                  la  preservación,  la  rehabilitación,  la  recuperación  y
                  mantenimiento de la biodiversidad y la vida silvestre, con el
                  fin  de  prevenir  el  daño  a  la  salud,  el  ambiente  y  los
                  elementos que lo componen en su conjunto.

                  El  Ayuntamiento,  a  través  de  la  Dirección  General  de  Ciudad
                  Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos brindará de
                  manera  regular,  continua  y  uniforme  los  servicios  públicos
                  municipales. Los servicios públicos municipales se prestarán
                  con  la  máxima  cobertura  y  calidad  considerando  los  recursos
                  con  los  que  cuente  el  Ayuntamiento,  quien  proporcionará  las
                  facilidades  necesarias  para  que  los  ciudadanos  participen  y
                  colaboren en estas tareas.

                  Artículo  191.  Los  servicios  públicos  municipales  podrán
                  prestarse de la siguiente manera:
                  I.    Directa, cuando el Ayuntamiento sea el único responsable
                        de su prestación;

                II.     Por  convenio,  cuando  el  Ayuntamiento  lo  acuerde  de  esa
                        manera  con  la  Federación,  con  el  Gobierno  Estatal,  o
                        bien cuando se coordine con otros Ayuntamientos para su
                        prestación;

               III.     Por  concesión,  en  los  términos  y  condiciones  que
                        establecen  las  disposiciones  aplicables;  excepto  el
                        servicio de Seguridad Pública Municipal.

                IV.     De  acuerdo  con  el  convenio  de  1966  celebrado  con  el
                        Departamento  de  Aguas  del  Distrito  Federal,  ahora
                        Gobierno  de  la  Ciudad  de  México;  las  tomas  de  agua
                        domiciliarias  serán  abastecidas  de  acuerdo  con  los
                        Comités de Agua de la Cabecera Municipal.

                  V.    Los derechos y obligaciones de la toma de agua comercial
                        e industrial quedan bajo la tutela del Ayuntamiento y el
                        área que para ello se designe.

                VI.     Se  considera  sanción  administrativa;  además  de  los
                        delitos  que  correspondan  en  la  ley  de  la  materia,  a
                        quien por sí o por interpósita persona viole y manipule
                        las  válvulas  de  agua  que  sirven  para  el  suministro  de
                        agua  potable  en  las  diferentes  comunidades  o  dañe  la
                        infraestructura hidráulica.




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