Page 113 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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XI. Investigación y Fomento a la Economía Circular y Social.
XII. Además de formular y expedir el Programa Municipal de
Acción ante el Cambio Climático (PROMACC) en
congruencia con lo señalado por el ordenamiento
ecológico y de Cambio Climático del Estado.
Artículo 196. La Dirección de Agua Potable y Aguas Residuales,
coordinará y tendrá a su cargo la prestación de los siguientes
servicios públicos municipales:
I. Agua potable;
II. Drenaje;
III. Alcantarillado; y
IV. Saneamiento.
Artículo 197. La Dirección de Agua Potable y Aguas Residuales
tendrá las siguientes facultades:
A. Garantizar el derecho al acceso, disposición y
saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en
forma sostenible, suficiente, saludable, aceptable y
asequible.
B. Para efectos fiscales, la Dirección General de Ciudad
Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos,
expedirá el formato oficial equivalente a los servicios
de agua en bloque otorgados por el municipio a la zona
industrial, fraccionamientos, etc. El cual deberá ser
pagado en la Tesorería.
C. Exclusivamente la Dirección General de Ciudad
Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos, podrá
expedir los permisos oficiales para la conexión a la
red de agua potable y drenaje, conforme a las
condiciones del servicio de acuerdo con el uso:
1. Doméstico (fraccionamientos y conjuntos
habitacionales).
2. Comercial.
3. Industrial.
4. Mixto.
D. Emitir el Visto Bueno de no adeudo de agua potable por
parte de la Dirección de Agua Potable y Aguas
Residuales, requisito para la obtención de la Licencia
de Funcionamiento a cargo de la Dirección de Desarrollo
Económico.
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