Page 33 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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y de auxilio, la Dirección de Gestión Integral de Riesgos, integrará el Programa
Municipal de Protección Civil, que contendrá los subprogramas de:
a) Prevención
b) Auxilio
c) Recuperación
Artículo 61.- El Ayuntamiento constituirá el consejo municipal de protección civil que
encabezará la persona Titular de la Presidencia Municipal, con funciones de
órgano de consulta y participación de los sectores público, social y privado para
la prevención y adopción de acuerdos, ejecución de acciones y en general, de todas
las actividades necesarias para la atención inmediata y eficaz de los asuntos
relacionados con situaciones de emergencia, desastre, o calamidad pública que
afecten a la población. Dicho consejo tendrá las atribuciones previstas en el
artículo 81 Ter, de la Ley Orgánica.
CAPÍTULO OCTAVO
De la Dirección de Bienestar
Artículo 62.- La Dirección de Bienestar es la dependencia encargada de promover
el estado de bienestar entre los ocoyoaquenses, a través del diagnóstico e
implementación de políticas públicas y acciones sociales, que promuevan la
participación ciudadana y el apoyo comunitario, así como facilitar el acceso a los
programas sociales a grupos vulnerables del municipio de Ocoyoacac, fomentando
la inclusión, integración y convivencia social, con la finalidad de elevar la calidad
de vida y el desarrollo humano de la población.
Artículo 63.- Para la atención de los asuntos de su competencia, así como el
cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y funciones, la Dirección de Bienestar,
contará con la siguiente estructura orgánica:
a) Departamento de Programas Sociales
b) Departamento de Bienestar Social y Fortalecimiento Familiar
c) Departamento de Fomento Agropecuario
CAPÍTULO NOVENO
De la Dirección de Educación, Cultura y Turismo