Page 32 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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conformidad con lo establecido en el artículo 123, apartado B, fracción XIII de la
                  Constitución Federal y la Ley General, cuando incumplan:

                      I.     Con los requisitos de permanencia que se establecen en la Ley General,

                             esta Ley y demás disposiciones legales aplicables;
                      II.    Con  las  obligaciones  establecidas  en  la  Ley  General,  en  la  Ley  de
                             Seguridad del Estado de México y los ordenamientos jurídicos internos

                             que rigen su actuar; y
                      III.   Con  el  régimen  disciplinario  establecido  en  la  Ley  de  Seguridad  del
                             Estado de México.


                                                  CAPÍTULO SÉPTIMO
                                   De la Dirección de Gestión Integral de Riesgos

                  Artículo  58.-  La  Dirección  de  Gestión  Integral  de  Riesgos,  es  la  dependencia

                  encargada de coordinar acciones solidarias y participativas que, en atención de
                  los  riesgos  de  origen  natural  o  antrópico,  como  de  los  efectos  adversos  de  los
                  agentes perturbadores, prevé la concertación de los sectores público, privado y
                  social, con el objeto de diseñar e implementar un conjunto de disposiciones, planes,

                  programas, estrategias, mecanismos y recursos que se involucren en las etapas de
                  intensificación de riesgos, previsión, prevención, mitigación, auxilio y recuperación;
                  para  salvaguardar  la  vida,  la  integridad,  estabilidad,  salud  y  fortalezca  las
                  capacidades de resiliencia de los habitantes del municipio y sus bienes.


                  Artículo  59.-  Para  la  atención  de  los  asuntos  de  su  competencia,  así  como  el
                  cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y funciones, la Dirección de Gestión
                  Integral de Riesgos, contará con la siguiente estructura orgánica:


                      I.     Subdirección de Protección Civil
                         a)  Departamento de Protección Civil
                         b)  Departamento de Bomberos

                         c)  Departamento de Riesgos Sanitarios y Medidas Epidemiológicas

                  Artículo  60.-  Con  el  objetivo  de  fomentar  la  educación,  la  prevención  y  los
                  conocimientos básicos que permitan el aprendizaje de medidas de autoprotección
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