Page 32 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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conformidad con lo establecido en el artículo 123, apartado B, fracción XIII de la
Constitución Federal y la Ley General, cuando incumplan:
I. Con los requisitos de permanencia que se establecen en la Ley General,
esta Ley y demás disposiciones legales aplicables;
II. Con las obligaciones establecidas en la Ley General, en la Ley de
Seguridad del Estado de México y los ordenamientos jurídicos internos
que rigen su actuar; y
III. Con el régimen disciplinario establecido en la Ley de Seguridad del
Estado de México.
CAPÍTULO SÉPTIMO
De la Dirección de Gestión Integral de Riesgos
Artículo 58.- La Dirección de Gestión Integral de Riesgos, es la dependencia
encargada de coordinar acciones solidarias y participativas que, en atención de
los riesgos de origen natural o antrópico, como de los efectos adversos de los
agentes perturbadores, prevé la concertación de los sectores público, privado y
social, con el objeto de diseñar e implementar un conjunto de disposiciones, planes,
programas, estrategias, mecanismos y recursos que se involucren en las etapas de
intensificación de riesgos, previsión, prevención, mitigación, auxilio y recuperación;
para salvaguardar la vida, la integridad, estabilidad, salud y fortalezca las
capacidades de resiliencia de los habitantes del municipio y sus bienes.
Artículo 59.- Para la atención de los asuntos de su competencia, así como el
cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y funciones, la Dirección de Gestión
Integral de Riesgos, contará con la siguiente estructura orgánica:
I. Subdirección de Protección Civil
a) Departamento de Protección Civil
b) Departamento de Bomberos
c) Departamento de Riesgos Sanitarios y Medidas Epidemiológicas
Artículo 60.- Con el objetivo de fomentar la educación, la prevención y los
conocimientos básicos que permitan el aprendizaje de medidas de autoprotección