Page 22 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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II.  La persona titular de la sindicatura municipal.
                      III. Las personas titulares de cada una de las siete regidurías.


                  Artículo 27.- Le compete al Ayuntamiento la definición de las políticas generales
                  de gobierno y de la Administración Pública Municipal. Así, como las decisiones que
                  atañen a la población, territorio, patrimonio, organización política y administrativa,
                  conforme a lo dispuesto por las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales

                  aplicables.

                  Artículo 28.- Para los efectos legales a que haya lugar, el Ayuntamiento funciona
                  y reside en Plaza de los Insurgentes 01, colonia centro, de la cabecera municipal.

                  Dicha residencia sólo podrá trasladarse, en forma permanente o temporal a otra
                  localidad comprendida dentro del territorio del Municipio, mediante acuerdo del
                  Cabildo y por causa debidamente justificada, previa notificación a la Legislatura
                  Local.


                  Artículo 29.- La persona titular de la presidencia municipal es el o la representante
                  político  y  jurídico  del  Ayuntamiento;  como  responsable  ejecutivo  del  Gobierno
                  Municipal,  tendrá  las  atribuciones,  funciones  y  obligaciones  que  le  señalen  la

                  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del
                  Estado Libre y Soberano de México, la Ley Orgánica Municipal del Estado de
                  México, el Bando Municipal de Ocoyoacac, sus reglamentos, circulares, acuerdos y
                  demás ordenamientos aprobados por el Ayuntamiento; así como las disposiciones

                  jurídicas generales, federales y estatales que le sean aplicables.

                  Artículo  30.-  Para  atender  el  despacho  de  los  asuntos  de  su  competencia,  la
                  persona titular de la presidencia municipal tendrá a su cargo las dependencias,

                  unidades  administrativas  y  organismos  públicos  previstos  en  la  Ley  Orgánica
                  Municipal  del  Estado  de  México,  en  el  Bando  Municipal  de  Ocoyoacac,  en  el
                  presente  reglamento  y  en  las  disposiciones  jurídicas  generales,  federales  y
                  estatales que le sean aplicables.


                  Artículo 31.- La persona Titular de la Sindicatura Municipal tendrá a su cargo la
                  procuración y defensa de los derechos e intereses del municipio, en especial los de
                  carácter  patrimonial  y  la  función  de  contraloría  interna,  la  que,  en  su  caso,

                  ejercerán  conjuntamente  con  el  órgano  de  control  y  evaluación  que  al  efecto
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