Page 95 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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S. Acceso al derecho humano a la educación y a la cultura
                         universal:  Principios  necesarios  para  elevar  el  nivel
                         educativo e impulsar el desarrollo humano de la población
                         en los ámbitos científicos, humanísticos y deportivos en
                         tanto formadores de lazos es comunitarios que promueven
                         el desarrollo social.

                  Artículo 175. Para instrumentar programas de desarrollo social
                  se deberá contar con:

                  I.    El diagnóstico sobre las zonas de atención prioritaria e
                        inmediata;
                II.      Los  principios  establecidos  de  la  Política  Nacional  de
                        Bienestar Social;

               III.      La inclusión de unidades administrativas responsables de
                        la operación;
                IV.      Las    reglas       de     operación       para      la     implementación,
                        seguimiento  y  evaluación  de  los  programas  para  el
                        Bienestar Social; y
                  V.    Las  estrategias  para  la  vinculación,  coordinación  y
                        concertación de acciones para el Desarrollo Social.

                  Artículo 176. Son atribuciones de la Dirección de Desarrollo
                  Social y Humano las siguientes:
                  I.    Formular, dirigir e implementar la política municipal de
                        desarrollo social;

                II.     Planear  y  supervisar  los  proyectos  y  programas  de
                        acuerdo  a  las  necesidades  prioritarias  de  la  población
                        vulnerable del municipio.
               III.     Coordinar  con  los  gobiernos  estatal  y  federal  la
                        ejecución,  de  políticas  y  programas  de  desarrollo
                        social;
                IV.     Planear  los  programas  y  acciones  en  materia  de
                        desarrollo  social  con  una  perspectiva  de  atención
                        integral hacia la población vulnerable del municipio;
                  V.    Realizar  el  diagnóstico  situacional  sobre  zonas  de
                        atención  prioritarias  del  municipio,  para  recabar
                        información  de  los  posibles  beneficiarios  de  los
                        programas municipales;
                VI.     Informar  a  la  sociedad  sobre  las  acciones  políticas  y
                        programas de desarrollo social;



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