Page 90 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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VIII. Promover  el  cultivo  de  parcelas  de  demostración  y
                      experimentos  para  el  mejoramiento  de  semillas  de:  maíz,
                      frutales,  hortalizas,  y  otros  cultivos,  así  como  para  el
                      mejoramiento genético del ganado, fomentar la capacitación
                      del productor;
                 IX. En      colaboración          de     los      productores         agropecuarios
                      participar  en  programas  de  promoción  de  canales  de
                      comercialización, así como procurar el registro de patente
                      nacional e internacional de semillas y especies mejoradas,
                      con los que se protegerá el patrimonio; y
                  X. Las demás que se establezcan en las disposiciones legales
                      en la materia.

                  Artículo 165. Es obligación de los productores:

                  I. Entregar sus expedientes solicitados completos para poder
                      gestionar su apoyo a la dependencia correspondiente.
                 II. Asistir a las capacitaciones programadas de acuerdo con el
                      área de interés.

               III. Mantener           sus  instalaciones  productivas                   en     buenas
                      condiciones para supervisión de actividades.
                  Artículo 166. Son atribuciones de la Dirección de Desarrollo
                  Económico a través de la Subdirección de Desarrollo y Fomento
                  Turístico, dentro del ámbito de  su competencia:

                 I.  Orientar a las comunidades para que desarrollen proyectos
                      turísticos con enfoque de turismo rural, desarrollo local
                      y turismo sustentable;}

               II.  Orientar a prestadores de servicios y empresas turísticas
                      sobre  la  gestión  de  licencias  y  permisos  para    su
                      operación;

              III.  Promover  la  capacitación  de  los  trabajadores  del  sector
                      turístico;
               IV.  Integrar  un  Consejo  Consultivo  de  Turismo  Municipal,  que
                      tendrá  como  objetivo,  proponer  y  formular  estrategias  y
                      acciones  a  la  Administración  Pública  Municipal,  con  el
                      fin  de  lograr  un  desarrollo  integral  de  la  actividad
                      turística  en  el  municipio  apegándose  estrictamente  al
                      Reglamento Interno del Consejo Consultivo;
                 V.  Crear  y  mantener  actualizado  el  padrón  municipal  de
                      prestadores  de  servicios  turísticos  e  informarlo  a  la
                      Secretaría  de  Turismo  para  la  actualización  del  Registro
                      Estatal de Prestadores de Servicios Turísticos; y
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