Page 96 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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VII.     Promover  la  celebración  de  convenios  y  acuerdos  de
                        coordinación  y  colaboración  con  los  gobiernos  federal,
                        estatal y municipal, así como con los sectores social y
                        privado, en materia de desarrollo social;
             VIII.      Establecer         mecanismos         para      la     inclusión        de     la
                        participación  social  organizada,  en  los  programas  y
                        acciones de desarrollo social;
                IX.     Vigilar        que     los      reglamentos,         manuales        y     demás
                        instrumentos          de     apoyo       administrativo          interno       se
                        mantengan permanentemente actualizados;

                  X.    Coordinar  y  supervisar  los  programas,  proyectos  y
                        actividades  de  las  unidades  administrativas  adscritas  a
                        la Dirección;

                XI.     Promover  y  ejecutar  política,  programas  y  acciones  para
                        la  recuperación  de  espacios  públicos,  como  mecanismos
                        para la reconstrucción del tejido social;
               XII.     Dirigir la gestión ante instancias estatales, federales;

             XIII.      Impulsar  la  capacitación  y  actualización  de                              los
                        servidores públicos adscritos a la Dirección.
               XIV.     Las  demás  que  le  señala  la  Ley,  su  reglamento  y  demás
                        disposiciones aplicables.

                  Artículo 177. Son atribuciones de la Subdirección de Atención
                  a la Salud y Servicios Públicos Municipales las siguientes:
                  I.    Implementar          mecanismos          para       la      realización          y
                        actualización del diagnóstico de salud municipal;

                II.     Coadyuvar  en  la  elaboración  y  seguimiento  de  los
                        programas de salud de orden estatal y federal;
               III.     Proponer,  coordinar  y  ejecutar  programas,  proyectos  y
                        acciones en materia de salud municipal;
                IV.     Fomentar la igualdad de oportunidades y participación en
                        proyectos  y  programas  en  materia  de  salud  pública
                        municipal;
                  V.    Comunicar y orientar al personal bajo su responsabilidad
                        sobre la serie de sistemas de funcionamiento;

                VI.     Reportar  la  eficiencia  y  eficacia  de  las  actividades
                        realizadas y jornadas permanentes de salud.
               VII.     Mantener  comunicación  permanente  con  el  personal  y  con
                        los  niveles  jerárquicos  superiores  sobre  el  desempeño,
                        logros, objetivos y cumplimiento de metas;

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