Page 96 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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VII. Promover la celebración de convenios y acuerdos de
coordinación y colaboración con los gobiernos federal,
estatal y municipal, así como con los sectores social y
privado, en materia de desarrollo social;
VIII. Establecer mecanismos para la inclusión de la
participación social organizada, en los programas y
acciones de desarrollo social;
IX. Vigilar que los reglamentos, manuales y demás
instrumentos de apoyo administrativo interno se
mantengan permanentemente actualizados;
X. Coordinar y supervisar los programas, proyectos y
actividades de las unidades administrativas adscritas a
la Dirección;
XI. Promover y ejecutar política, programas y acciones para
la recuperación de espacios públicos, como mecanismos
para la reconstrucción del tejido social;
XII. Dirigir la gestión ante instancias estatales, federales;
XIII. Impulsar la capacitación y actualización de los
servidores públicos adscritos a la Dirección.
XIV. Las demás que le señala la Ley, su reglamento y demás
disposiciones aplicables.
Artículo 177. Son atribuciones de la Subdirección de Atención
a la Salud y Servicios Públicos Municipales las siguientes:
I. Implementar mecanismos para la realización y
actualización del diagnóstico de salud municipal;
II. Coadyuvar en la elaboración y seguimiento de los
programas de salud de orden estatal y federal;
III. Proponer, coordinar y ejecutar programas, proyectos y
acciones en materia de salud municipal;
IV. Fomentar la igualdad de oportunidades y participación en
proyectos y programas en materia de salud pública
municipal;
V. Comunicar y orientar al personal bajo su responsabilidad
sobre la serie de sistemas de funcionamiento;
VI. Reportar la eficiencia y eficacia de las actividades
realizadas y jornadas permanentes de salud.
VII. Mantener comunicación permanente con el personal y con
los niveles jerárquicos superiores sobre el desempeño,
logros, objetivos y cumplimiento de metas;
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