Page 99 - Bando Municipal de Ocoyoacac 2023
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e internacionales en los términos de la legislación
aplicable con la finalidad de realizar intercambios
culturales.
IV. Preservar y difundir las manifestaciones específicas y
diversas que constituyen el patrimonio cultural del
pueblo ocoyoaquense.
V. Impulsar las actividades de difusión, creatividad y
fomento cultural, priorizándolas hacia las clases
populares y la población escolar.
VI. Coordinar los programas culturales del municipio, con
los desarrollados por el Estado y el gobierno federal en
la entidad.
VII. Estimular la producción y la creación artística y
cultural, de manera individual y colectiva;
VIII. Crear, fomentar, coordinar, organizar y dirigir museos,
orientando sus actividades al rescate de espacios
públicos para el disfrute de actividades culturales que
acerquen estas manifestaciones al mayor número de
habitantes del municipio.
IX. Dar a conocer los bienes que constituyen el patrimonio
arqueológico, histórico, artístico y cultural del
municipio.
X. Impulsar la formación de recursos humanos para el
desarrollo, promoción y administración de actividades
culturales y recreativas; y promover organizaciones de
la sociedad civil con objetivos similares, como grupos
culturales, colectivos, consejos y patronatos, con la
finalidad de conjuntar esfuerzos y estimular la
participación corresponsable de las comunidades.
Artículo 182. Son atribuciones de la Subdirección de Cultura y
Arte, a través de la Jefatura de Fomento, Extensión y
Vinculación Cultural las siguientes:
I. Generar acciones que posibiliten la difusión de
actividades culturales y concientizar a la población del
cuidado y preservación del patrimonio cultural;
II. Promover y difundir los rasgos culturales del municipio
y de las distintas localidades con el fin de fortalecer
la identidad municipal;
III. Dar acceso a la información necesaria de la identidad
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