Page 7 - Bando Municipal Ocoyoacac 2025
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públicos municipales; con estricto apego al respeto de los derechos humanos, la
                  transparencia y rendición de cuentas.


                  Artículo 4.- Para efectos del presente Bando Municipal, se entenderá por:

                      I.     Ayuntamiento:  Al  Ayuntamiento  Constitucional  del  Municipio  de
                             Ocoyoacac, Estado de México;
                      II.    Autoridad Administrativa: A las personas titulares de las dependencias

                             y  unidades  administrativas,  encargadas  de  aplicar  las  disposiciones
                             normativas o ejercer actos de autoridad en el territorio municipal de
                             acuerdo a sus competencias.
                      III.   Bando: Al Bando Municipal de Ocoyoacac 2025;

                      IV.    Constitución General: A la Constitución Política de los Estados Unidos
                             Mexicanos;
                      V.     Constitución  Local:  A  la  Constitución  Política  del  Estado  Libre  y

                             Soberano de México;
                      VI.    COPACI: A los Consejos de Participación Ciudadana de este municipio;
                      VII.   Estado/ Entidad: Al Estado de México;
                      VIII.  Disposiciones Administrativas: A los acuerdos, circulares, lineamientos,

                             manuales y demás resoluciones que emita el Ayuntamiento o la persona
                             Titular de la Presidencia Municipal para el eficaz cumplimiento de sus
                             funciones y/o atribuciones.
                      IX.    Gobierno Municipal: A la Administración Pública Municipal Ocoyoacac,

                             Estado  de  México,  integrada  por  el  sector  central;  sector
                             descentralizado,  y;  sector  autónomo,  representado  a  través  de  sus
                             entidades municipales de manera aislada o en su conjunto;
                      X.     IMCUFIDE:  Al  Instituto  Municipal  de  Cultura  Física  y  Deporte  de

                             Ocoyoacac;
                      XI.    Infracciones:  A  las  conductas  que  transgreden  la  sana  convivencia
                             comunitaria, previstas en la Ley de Justicia Cívica del Estado de México
                             y en los ordenamientos jurídicos de orden municipal;
                      XII.   Jueza  o  Juez  Cívico:  A  la  autoridad  administrativa  encargada  de

                             conocer y resolver sobre la imposición de sanciones que deriven de las
                             conductas que constituyan infracciones administrativas;
                      XIII.  Juzgado  Cívico:  A  la  unidad  administrativa  dependiente  del

                             Ayuntamiento, en la que se imparte y administra la Justicia Cívica;
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